Esta consulta es realizada, de acuerdo al método seleccionado y al nivel de
complejidad, por un médico o enfermera debidamente capacitados en
planificación familiar. Los pasos que se deben seguir en ella son:
• Informar sobre el conocimiento de los métodos disponibles, sus mecanismosde acción, ventajas, desventajas, riesgos, signos de alarma y
consecuencias del uso de cada uno de ellos. Se debe siempre hablar del
riesgo de Enfermedades de Transmisión Sexual y de la posibilidad de
usar doble método para su protección.
Se debe ofrecer información sobre todos los métodos de anticoncepción
existentes sin exclusión alguna.
• Responder a las necesidades y dudas del hombre, de la mujer o de la
pareja, en un lenguaje sencillo y apropiado. Este proceso, debe realizarse
en forma individual, además permite al profesional de salud asegurarse si
Ministerio de Salud – Dirección General de Promoción y Prevención
Norma Técnica para la Atención en Planificación Familiar a Hombres y Mujeres.
la usuaria(o) ha entendido todo lo que se le ha explicado sobre el método
que desea elegir.
• Realizar anamnesis completa haciendo énfasis en Salud Sexual y
Reproductiva, condiciones de salud, hábitos y uso de medicamentos.
• Examen físico general y del aparato reproductivo.
• Brindar apoyo al usuario(a) para la elección del método, aplicando los
criterios de elegibilidad para iniciar el uso de métodos anticonceptivos,
que se presentan posteriornmente.
• De acuerdo con los hallazgos y teniendo como guía los criterios de
elegibilidad para iniciar anticonceptivos y los procedimientos seleccionados
para proveer métodos de planificación familiar, se debe entregar el
método seleccionado.
• Orientar, informar y educar al usuario sobre:
- Signos de alarma por los que debe consultar
- Importancia de los controles y su frecuencia: las usuarias(os) deben
ser informados sobre la importancia de asistir a consulta para sus controles
periódicos, en caso de complicaciones o cuando se requiera
cambio del método temporal.
- Prevención de ETS (uso de condón como método de protección adicional).
• En casos de elección de métodos quirúrgicos, es preciso obtener
consentimiento individual informado escrito, del hombre en vasectomía o
de la mujer en oclusión tubaria bilateral (firma o huella dactilar); programar
para el procedimiento y entregar un método temporal hasta que se
practique la cirugía. La Ley 23 y el Decreto reglamentario 3380 de 1981
en el artículo 15, estipulan la obligatoriedad de informar anticipadamente
al usuario, sobre los riesgos y consecuencias de los procedimientos médicos
o quirúrgicos, que puedan afectarlo física o psíquicamente y la firma
del consentimiento donde certifique que fue informado.
• En caso de vasectomía suministrar métodos temporales para los primeros
tres meses postcirugía y dar orden para recuento espermático de control
a los tres meses.
• Se debe consignar en la Historia Clínica y en el registro estadístico, en
forma clara, los datos obtenidos en la valoración, los procedimientos
realizados y el método suministrado. Si se trata de un método permanente,
debe incluirse en la Historia el consentimiento informado, debidamente
firmado por el paciente y la descripción de la técnica quirúrgica.
•En casos de Anticoncepción Post-evento Obstétrico (por ejemplo: DIU,
Oclusión Tubaria Bilateral), se debe brindar consejería en el Control Prenatal.
Durante la hospitalización se debe reforzar la consejería y brindar el
método seleccionado por la paciente, antes de su egreso de la institución
en donde se atienda el parto o aborto, teniendo en cuenta lo siguiente:
- El DIU postparto vaginal se debe colocar entre 10 minutos a 48 horas
después del alumbramiento y el DIU intracesárea se debe colocar antes
de la histerorrafia.
- La Oclusión Tubaria bilateral se debe realizar antes del alta, preferiblemente
dentro de las primeras 48 horas posteriores al parto o intracesárea.

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